El sindicato UGT ha impugnado ante el Tribunal Laboral de Catalunya la aplicación del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores en el Hospital de Sant Celoni. Según el sindicato esta aplicación conllevará la modificación a peor de las condiciones laborales de los trabajadores. Aseguran que estas serán aún peores que la última propuesta de la dirección durante la negociación con el comité de empresa. El sindicato denuncia además ante el Tribunal Laboral que la dirección del hospital de Sant Celoni “ha roto la buena fe negociadora con el periodo de consultas aún abierto”
Según expresan desde UGT, la Gerencia del Hospital de Sant Celoni, les dijo que su propuesta de recortes era «la mejor» de las que se han acordado en el resto de hospitales de la comarca. El sindicato, pero, ha realizado un cuadro comparativo – ver más abajo- de las negociaciones en el Hospital de Granollers, el Hospital de Mollet y el Hospital de Sant Celoni que “demuestra que la última propuesta patronal en Sant Celoni era la más restrictiva de los tres hospitales en el menos tres aspectos: jornada laboral, carrera profesional y premio de fidelización. Tampoco fue la mejor propuesta en cuanto a la reducción salarial (-4% en Granollers, -5% en Sant Celoni) o al complemento por incapacidad temporal”
UGT explica que esto sucede pese a que el Hospital de Sant Celoni no se encuentra en una situación presupuestaria peor que, por ejemplo, el Hospital de Granollers, y piensan “que si la dirección hubiera suavizado su propuesta, se podría haber llegado a un acuerdo con el comité, como ha sucedido en el resto de hospitales del Vallés Oriental”
Además, la modificación unilateral de las condiciones laborales que ha aplicado la dirección a través del artículo 41 supone un empeoramiento de las condiciones laborales: por ejemplo, se aumenta la jornada laboral, se congelan a todos los niveles las mejoras económicas de la progresión en la carrera profesional y se suspenden todas las mejoras de empresa. Desde UGT de Cataluña se considera que “se trata de una acción punitiva de la dirección contra la representación de los trabajadores y las trabajadoras”.