
Ante la situación de emergencia 1 por sequía Les Franqueses ha hecho público un bando donde se decretan nuevas medidas que se aplicarán de forma inmediata al municipio, más allá de las que ya decretó la Agencia Catalana del Agua.
En el bando se destaca el volumen máximo de agua por habitante y día que, en el caso de Les Franqueses como municipio industrial, es de 222 litros/por habitante y día. Aunque se plantea un objetivo de consumo doméstico que no supere los 80-90 litros/por habitante y día.
Como medidas de los equipamientos deportivos municipales queda decretado:
- Cierre de las duchas, de lunes a viernes, y sólo permanecerán abiertas durante el fin de semana, para la competición federada.
- Se tomarán medidas de reducción del caudal de los grifos y duchas de las instalaciones deportivas.
- El Complejo Deportivo Municipal cerrará el 50% de las duchas de los vestuarios y el túnel de duchas del acceso a la piscina, por lo que se habilita la zona de saunas para realizar la ducha previa al baño. También se cerrarán las duchas para personas con diversidad funcional y se instalará la silla adaptada en las duchas del vestuario.
- Reducción de los lavados del sistema de filtrado de las piscinas que pasan a realizarse cada 10-15 días, en lugar de cada 7-8 días. Garantizando siempre los parámetros de calidad del agua marcados por la normativa de aplicación.
- Quedará prohibido regar los campos de fútbol.
- También se establece el cierre de las duchas en los centros educativos.
Aparte de las medidas específicas indicadas en el bando, se recuerda que la Agencia Catalana del Agua ha prohibido el llenado o rellenado de piscinas, tanto públicas como privadas. Sólo se permite el rellenado parcial de las piscinas cubiertas inscritas en el censo de equipamientos deportivos de la Generalidad de Cataluña siempre que apliquen medidas de ahorro equivalentes al volumen de agua utilizado en el rellenado (cierre de duchas u otros) y utilizando agua en las cantidades indispensables para garantizar su calidad sanitaria y que dispongan de sistemas de recirculación de agua. De forma excepcional, está permitido el llenado y rellenado parcial de piscinas de uso terapéutico y piscinas de agua de mar siempre que se llenen y se vacíen sin conexión a las redes de saneamiento (pues pueden dañar el funcionamiento de las depuradoras ).