El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Granollers ha paralizado e impuesto el sobreseimiento de un proceso de ejecución hipotecaria instado por BBVA contra un matrimonio de la ciudad al considerar que la cláusula de vencimiento anticipado del préstamo que permitía la entidad ejecutar la vivienda con tan sólo el impago de una única cuota debe considerarse «desproporcionada» y «abusiva».

La ejecución se impulsó en el año 2013 y ya fue objeto de revisión judicial. En aquella ocasión, el juzgado analizó el posible carácter abusivo de la cláusula suelo y la relativa a los intereses de demora, pero no así la de la cláusula de vencimiento anticipado. Ahora, cuando el piso ya estaba en proceso de subasta, el juzgado de Granollers se ha acogido a la jurisprudencia europea para revisar el caso a instancias de Colectivo Ronda, y señalar el abusividad de las condiciones impuestas por el BBVA.

«La sentencia resulta singularmente trascendente – explican desde el colectivo Ronda, porque reconoce el derecho de las familias inmersas en un proceso de desahucio a instar la parálisis judicial del procedimiento aunque el caso ya hubiera sido analizado por los juzgados siempre y cuando no se hubiera evaluado el carácter abusivo de la cláusula de vencimiento anticipado, algo muy habitual hasta ahora».