
El pasado 24 de febrero la empresa Sorea informó que el Juzgado Contencioso Administrativo núm. 14 de Barcelona había desestimado la petición de aclaración realizada por el Ayuntamiento de Llinars del Vallès, confirmando así que el Ayuntamiento debía restituirle en la gestión del servicio de agua del municipio en aplicación de la ejecución provisional de sentencia y de las medidas cautelares.
Con la desestimación de la petición de aclaración presentada por el Ayuntamiento de Llinars, el Auto dictado en fecha 4 de enero de 2021 ya es firme, decían desde esta empresa, y obliga al Consistorio a que «disponga todo lo necesario con el objeto de ejecutar dicha sentencia en lo relativo a la restitución, a la actora, de la gestión indirecta del Servicio municipal de Abastecimiento de agua».
El Ayuntamiento de Llinars no está de acuerdo con esta interpretación y considera que el conflicto judicial que le enfrenta con Sorea no se acaba en este punto sino que aún sigue el litigio en los tribunales
El Ayuntamiento de Llinars indica en un comunicado que tanto el auto de fecha 4 de enero de 2021 (de ejecución provisional de la sentencia) como el auto de 5 de enero de 2021 (de medida cautelar de suspensión de ejecutividad) por las que el Juzgado estima las peticiones de SOREA , “no es cierto que sean decisiones judiciales firmes y que no puedan recurrir”. Explica que el Ayuntamiento “formuló peticiones de aclaración respecto de cada una de los autos, que fueron desestimadas, y por tanto, estas aclaraciones solicitados, no son susceptibles de recurso; pero sí lo son los autos contra las que cabe recurso de apelación”.
El Ayuntamiento de Llinars informa en la misma nota que el contrato que vinculaba al Ayuntamiento con SOREA, desde hacía más de 30 años, está extinguido por el transcurso de su plazo de vigencia “desde el 10 de julio de 2015, y en todo caso, SOREA siguió prestando el servicio a precario, tal como prevé la normativa, a fin de dar continuidad al suministro y no perjudicar a los usuarios, hasta la adopción de los correspondientes acuerdos tanto de cambio de gestión como de adjudicación de algunos de los servicios para prestar de forma directa”.
También piensan desde el Ayuntamiento de Llinars que cuando SOREA interpuso el recurso judicial no solicitó ninguna medida cautelar. “Lo hizo con posterioridad, una vez dictada la sentencia de 5 de diciembre de 2019 (recurrida ante el TSJC) que anulaba los acuerdos municipales y cuando el Ayuntamiento ya había adjudicado los contratos de servicios complementarios para prestar el servicio de forma directa”.
Consideran que el Juzgado estimó la adopción de la medida cautelar, restituyendo a SOREA en la prestación del servicio, “pero esta resolución aún no es firme, ya que el Ayuntamiento ha interpuesto contra la misma el oportuno recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y está pendiente de sentencia”.



