El Juzgado Contencioso-Administrativo número 16 de Barcelona ha dictado la Sentencia 241/2025, de 15 de septiembre, por la que se anula la creación de una plaza de inspector de la Policía Local de Granollers al considerar que se vulneró el derecho a la negociación colectiva.

Según informó el Comité Unitario de Personal del Ayuntamiento de Granollers en un comunicado, “el Juzgado Contencioso-Administrativo estima el recurso presentado por UGT con el apoyo de todos los sindicatos del Comité Unitario de Trabajadores (ASTEM, CCOO, SPL-CME y CGT) contra el Ayuntamiento de Granollers, declarando nula de pleno derecho la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de un segundo inspector/a en la Policía Local de Granollers”.

La sentencia concluye que el consistorio no justificó adecuadamente la necesidad del nuevo puesto ni aportó informes técnicos o jurídicos que avalaran la modificación de la plantilla. Además, subraya que el Ayuntamiento “vulneró el derecho a la negociación colectiva, en no proporcionar suficiente información ni permitir una negociación real con la representación sindical, incumpliendo lo que establece el artículo 37 del Estatuto Básico del Empleado Público”.

Como consecuencia, la plaza creada en julio de 2024 queda anulada y desaparece de la Relación de Puestos de Trabajo municipal. El Comité Unitario recuerda que ya en la reunión del 5 de julio de 2024 los representantes sindicales advirtieron a la Dirección de Recursos Humanos que la creación de este puesto era ilegal.

En el comunicado, los sindicatos valoran positivamente la decisión judicial porque, afirman, “reafirma el derecho de los trabajadores y trabajadoras a una negociación colectiva real y efectiva y limita las decisiones unilaterales, arbitrarias y sin motivación del Ayuntamiento de Granollers en materia de personal”.

Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, aunque los sindicatos consideran que los argumentos de la resolución son sólidos.