El jurado popular ha declarado culpable de asesinato con ensañamiento y alevosía al vecino de Sant Antoni de Vilamajor juzgado en la Audiencia de Barcelona por matar a una pareja de ancianos de la capital catalana en 2019.

El acusado negó “rotundamente” los hechos, aunque admitió que conoció al matrimonio cuando trabajaba como comercial y vendió varios productos como un sofá de masaje valorado en miles de euros.

El tribunal popular ha remarcado que los difuntos eran personas vulnerables porque se encontraban “en una situación de fragilidad médica” y que el procesado les causó “un gran sufrimiento”. También consideró al hombre culpable de un delito continuado de estafa y uno robo y indicó que se ganó la confianza de la pareja con estos objetivos.

En su veredicto, el jurado consideró por unanimidad que el acusado asesinó a las dos víctimas después de que descubrieran que las había estafado. Han concluido que les provocó múltiples puñaladas que les causaron la muerte por choque hipovolémico.

El tribunal popular ha apuntado que el acusado empezó a “desarrollar un plan” para acabar con la vida del matrimonio para evitar que descubrieran que se había transferido dinero a su cuenta y que había intentado sacar dinero con la tarjeta de crédito de los difuntos . Además, señaló que intentó comprar la sustancia burundanga los días 12 y 13 de agosto con la intencionalidad de administrarla a las víctimas.

Así, ha situado al procesado en el domicilio de los difuntos el 16 de agosto -fecha en que presuntamente tuvo lugar el crimen-, aunque ha reconocido que no se encontraron huellas ni ADN del procesado en el piso, ni tampoco arma del crimen.

El jurado también ha apuntado que las víctimas no pudieron hacer nada por prever o evitar el ataque por la situación de “fragilidad” en la que se encontraban y que el procesado les causó un “gran sufrimiento”. Asimismo, ha remarcado que la mujer presentaba una elevada “vulnerabilidad” por su edad y por la movilidad reducida que presentaba.

Por otra parte, también por unanimidad, el jurado consideró que el acusado es culpable de un delito continuado de estafa. Ha valorado que se ganó la confianza de las víctimas, se apropió de la tarjeta de crédito de la pareja, se dio de alta en una plataforma de transacciones bancarias online usando los datos del marido, y efectuó diversas transacciones para obtener “un beneficio económico”.

Paralelamente, el tribunal popular ha determinado que el acusado también es culpable de un delito de robo porque se adueñó de varias joyas del matrimonio y las vendió en un establecimiento de compra venta de oro de Gavà. En este punto, el jurado rechazó la consideración de robo con violencia que apuntaba la fiscalía.

La fiscalía y la acusación particular han mantenido para el acusado la petición de dos penas de prisión permanente revisable por cada uno de los asesinatos, con alevosía y ensañamiento para la facilitación y evitación del descubrimiento de la comisión de otro delito.

Además, también se mantuvieron los dos años y siete meses de cárcel por un delito continuado de estafa. En cuanto al robo, el fiscal ha apostado por mantener el robo con violencia a pesar de que el jurado no le ha considerado probado. Sin embargo, ha introducido la opción de declarar al acusado culpable de un delito de hurto y ha pedido 18 meses de cárcel en el caso del hurto al marido y una multa de dieciocho euros al día durante 50 días en el del hurto a la esposa.

Además, insistió en que se indemnice al hijo de la pareja con 300.000 euros y a cada una de las dos nietas con 100.000 euros por los perjuicios y daños morales causados.

En cuanto a la defensa, se ha reservado el derecho a recorrer en todos los términos el veredicto. Solicitó que alternativamente al asesinato se considere que el procesado cometió dos homicidios al valorar que no ha quedado suficientemente probado el ensañamiento. Aparte, ha dicho que el jurado no ha entendido correctamente el concepto de alevosía. También rechazó el delito continuado de estafa, y en cuanto al robo con violencia, pidió que se sustituya por un delito leve de hurto. Por éste ha pedido una multa de dos euros al día durante 30 días.

En su declaración ante el juez, el acusado negó “rotundamente” los hechos aunque afirmó que las dos víctimas “eran bellísimas personas”. Sin embargo, sí reconoció que conoció el matrimonio cuando hacía de comercial por una empresa y que les vendió varios productos como un sofá de masaje.

También admitió que se ganó su confianza sin ningún objetivo concreto y que, incluso, en una ocasión el matrimonio le dejó una tarjeta de crédito para ir a sacar dinero al cajero.

Asimismo, apuntó que rompió su relación con la pareja cuando le “pusieron en un aprieto” al pedirle que les ayudara a vender y vaciar el piso donde vivían y una segunda residencia que tenían en el norte de España, para ir a una residencia. En ese mismo sentido, relató que las víctimas le dieron unas joyas de oro para que las vendiera, ya que necesitaban dinero.