
La Autoritat Catalana de Protecció de Dades ha resuelto amonestar al Ayuntamiento de La Garriga debido a su falta de cumplimiento en tres aspectos cruciales de la normativa de protección de datos en relación con el servicio de recogida de residuos “puerta a puerta”. La decisión se basa en una denuncia presentada por un ciudadano el 27 de junio de 2022, la cual exponía los siguientes incumplimientos por parte del Ayuntamiento:
- Falta de Derecho de Información: La denuncia sostenía que el Ayuntamiento no cumplía con su deber de informar adecuadamente a los usuarios del servicio de recogida de residuos “puerta a puerta” de acuerdo con la normativa de protección de datos personales.
- Registro de Actividades de Tratamiento (RAT) no Actualizado: El registro de actividades de tratamiento del Ayuntamiento, en fecha 29 de abril de 2022, no estaba actualizado y no incluía el tratamiento de datos personales relacionado con la prestación del servicio de recogida de residuos “puerta a puerta”.
- Falta de Evaluación de Impacto de Protección de Datos (AIPD): El Ayuntamiento no había realizado la evaluación de impacto de protección de datos requerida antes de llevar a cabo el tratamiento de los datos personales en el marco de este servicio.
Además de la denuncia original, en fecha 26 de enero de 2023, el mismo denunciante presentó una nueva denuncia relacionada con el mismo tratamiento de datos personales. En este caso, el denunciante argumentó que dicho tratamiento constituía un alto riesgo para los derechos y libertades de los usuarios del servicio, especialmente porque permitía la elaboración de perfiles.
El denunciante también señaló que el Ayuntamiento de La Garriga ponía a disposición de la ciudadanía una aplicación móvil llamada “bitPAYT” que recopilaba datos de los usuarios del servicio. Además, en el sitio web, se informaba que los datos “podrían ser comunicados a organizaciones vinculadas con MOBA”.
En respuesta a estas denuncias, la Autoritat Catalana de Protecció de Dades inició una fase de información previa para determinar si los hechos eran susceptibles de motivar la apertura de un procedimiento sancionador. En este proceso, el Ayuntamiento de La Garriga respondió a los requerimientos, explicando que habían implementado medidas para cumplir con el derecho de información, actualizando sus procedimientos y proporcionando información detallada a los usuarios.
Sin embargo, después de un análisis minucioso, se han establecido los siguientes hechos probados:
- El Ayuntamiento de La Garriga no ha llevado a cabo la evaluación de impacto en relación con el tratamiento de datos personales llevado a cabo en el marco del servicio de recogida de residuos “puerta a puerta”. A pesar de que este tratamiento conlleva un alto riesgo para los derechos y libertades de los usuarios del servicio.
- Antes de recopilar los datos de los usuarios del servicio “puerta a puerta”, el Ayuntamiento de La Garriga no proporciona toda la información requerida por el artículo 13 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y el artículo 11.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD). En concreto, no se informa a los usuarios sobre el tratamiento de datos para la elaboración de perfiles.
- En fecha 29 de abril de 2022, el Registro de Actividades de Tratamiento (RAT) del Ayuntamiento de La Garriga no incluía información sobre el tratamiento de datos personales llevado a cabo en el marco de la prestación del servicio de recogida de residuos “puerta a puerta”.
La amonestación del Ayuntamiento de La Garriga destaca la importancia de garantizar el cumplimiento de la normativa de protección de datos en los servicios municipales y la necesidad de proporcionar información adecuada a los ciudadanos sobre el tratamiento de sus datos personales.