
El Ayuntamiento de Bigues i Riells ha informado de que ha detectado un repunte de ocupaciones ilegales en el municipio. Para hacer frente a estos situación ha informado a la ciudadanía sobre las diferentes tipologías de ocupaciones que existen y sobre cómo actuar en cada uno de estos casos para evitar los perjuicios que suponen.
De entrada el Ayuntamiento distingue entre las violaciones de domicilio y las usurpaciones de bienes inmuebles.
1-La violación de domicilio está tipificada en el Código Penal como ocupación de inmuebles donde vive alguien (vivienda habitual). Esta ocupación es aplicable a los casos en que las personas «okupas» entran en un hogar habitado y no tienen la voluntad de abandonarla. En este caso, el proceso es rápido, ya que la actuación policial no requiere autorizaciones procedentes de los juzgados, y tiene la potestad de reventar la puerta si es necesario.
2- La usurpación de bienes inmuebles consiste en ocupar sin autorización un inmueble o una vivienda de segunda residencia o una propiedad de un gran tenedor de viviendas (habitualmente entidades bancarias) que no constituye una vivienda habitual. En este caso, echar a los ocupantes puede tardar entre un año y medio y dos años, si la ocupación no ha sido detectada y denunciada antes de 48 horas.
Si se produce una situación de ocupación de vivienda, recomiendan llamar, urgentemente, en el momento en que se detecta, a la policía local.
«Si se trata de una violación de domicilio, la situación quedará resuelta con celeridad. Pero, si se trata de una usurpación de bienes inmuebles, es importante que el aviso llegue antes de que hayan transcurrido 48 horas, porque, de lo contrario , el proceso se complica y puede alargarse durante años «, explican.
En caso de que una ocupación ya sea efectiva y los ocupantes ocasionen daños o molestias a los vecinos, éstos deben dirigirse al propietario de la vivienda, que es quien está legitimado para poder actuar. En caso de que el propietario no actúe y tolere con pasividad las molestias que se producen a los vecinos, las acciones pueden ir encaminadas contra el propietario.
Recomiendan a los vecinos, como medida de prevención, que es importante conocer si alrededor de su domicilio hay viviendas desocupadas, embargados o en venta (por un banco), así como también estar pendientes de la presencia de personas ajenas al vecindario que ronden por los alrededores o pregunten por las vivienda , o bien se detecten servicios «pinchados» (luz, agua). «En caso de que se detecte cualquier de estas situaciones, hay que avisar inmediatamente a la policía», señalan desde el Ayuntamiento.