El Pleno del Ayuntamiento de Granollers aprobó el martes, por unanimidad y de manera inicial, la modificación de la Ordenanza Municipal de Circulación, que afecta a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), los patinetes eléctricos. Los VMP son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados ​​exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo un velocidad máxima para diseño comprendida entre 6 y 25 km / h. Si la velocidad de propulsión es inferior a 6 km / h se considera un juguete y debe circular por la acera.

La nueva ordenanza establece que en los VMP sólo puede circular una persona. La edad mínima para la circulación de los VMP que se ha establecido en Granollers es de 14 años, ya que se considera que quien conduce el patinete ya tiene una edad para distinguir que no tiene entre manos un juguete y que el patinete puede ser un medio de transporte para ir a los centros educativos.

Los ámbitos de circulación de estos VMP son:Las calles en las que la velocidad está limitada a 30 km / h. Las zonas 30. Calles de prioridad invertida. Calles con un único carril de circulación o calles con doble sentido de circulación pero con un único carril por sentido, como, por ejemplo, el paseo de la Montaña. Por vías ciclistas o carriles bici, respetando el sentido de circulación establecido y definido para la señalización y un máximo de 30 km / h. Cuando estas vías están situadas en aceras, los VMP no pueden superar los 10 km / h.
Para aceras con un mínimo de 5 m de ancho y 3 metros de espacio libre. Podrán circular en el ámbito de la isla peatonal en días laborables (excepto jueves de mercado semanal) de 00 ha 11 h, de 13.30 ha 16 hy de 20:45 ha 24 h, que son franjas horarias en las que se permite la carga y la descarga, así como las franjas nocturnas. Dicho de otro modo, no se podrá circular los días laborables durante las principales franjas de horario comercial. Domingos y festivos se permitirá circular, excepto cuando haya aglomeración. Se deberá suspender la circulación de los VMP en momentos de alta intensidad o aglomeración de circulación de personas. Se entiende aglomeración cuando no es posible conservar 1,5 m de distancia entre los VMP y los peatones o circular en línea recta 5 m de manera continuada.

Los usuarios de los patinetes deben siempre llevar casco. También será obligatorio llevar timbre, luces delante y detrás, así como elementos reflectantes en horario nocturno o en condiciones de poca luz. Tienen la obligación de someterse a pruebas de alcohol y drogas y se les prohíbe conducir haciendo uso del móvil o con auriculares.

La normativa establece también las infracciones previstas que pueden ir entre los 100 y los 1.000 euros. Los padres / madres o tutores legales deberán responder por los / las infractores / as menores de 18 años.

Según el concejal de Movilidad, Juanma Segovia, la propuesta de regulación no busca sancionar, sino marcar unos límites y hacer cumplir las normas de circulación a los VMP como cualquier otro vehículo, para favorecer que todos se desplacen de la manera más cívica y segura para el espacio público.