Un patinete eléctrico tras un accidente en una zona peatonal

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado hoy una instrucción transitoria que deberá ser aplicada por los ayuntamientos en los casos de los patinetes eléctricos y otros VMP y hasta que se apruebe un Real Decreto que sigue retrasándose por la falta de Gobierno.

Según esta instrucción, serán considerados VMP todos los patinetes y artilugios ligeros eléctricos que tengan una velocidad máxima comprendida entre los 6 y los 25 km/h. Los que no sobrepasen los 6 km/h tendrán la consideración de juguetes y los que excedan de 25 km/h estarán totalmente prohibidos bajo multa de 500 euros.

A los usuarios de patinetes no se les exigirá permiso de conducir ni seguro, por lo que tampoco se les detraerán puntos en caso de infracción, pero sí tendrán la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, con multas comprendidas entre los 500 y los 1.000 euros. Además, si el conductor da positivo a alcohol o droga, el VMP se inmovilizará, tal y como ocurre con el resto de vehículos.

Estará prohibido conducir haciendo uso manual del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación, así como el uso de cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. En todos estos casos, la sanción será de 200 euros.

Los patinetes eléctricos tendrán prohibida la circulación por aceras y zonas peatonales, siendo sancionable con 200 euros, y sólo podrán transportar a una persona, por lo que la circulación de dos personas o más es sancionable con 100 euros de multa.

En cuanto al uso del casco y otros elementos de protección, se regirá por lo que disponga la correspondiente ordenanza municipal de cada ayuntamiento. Las multas podrán ascender a 200 euros y se procederá a la inmovilización del vehículo.

Por la noche será obligatorio circular con alumbrado y prendas o elementos reflectantes; lo contrario se considerará conducción negligente y, por tanto, punible con 200 euros de multa. La regulación relativa a las paradas y estacionamientos en la acera será exclusivamente municipal, aunque la DGT aboga para que la acera sea del peatón.

Por último, en los casos de infracciones cometidas por menores de 18 años, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.

Con esta instrucción, la DGT ha querido acabar con la confusión que hay actualmente en torno a los VMP, ya que aunque existe una regulación europea oficial de 2013 sobre la homologación de dichos vehículos, las normas de circulación todavía están siendo tramitadas.