El pasado 17 de septiembre el juzgado penal núm. 2 de Sabadell emitió una sentencia sobre el caso de un vecino de Polinyà que por no pagar una multa de tráfico informó falsamente que él no conducía el vehículo en el momento de la infracción.
El juzgado de Sabadell le ha impuesto al acusado penas de seis meses de prisión condicionados a dos años sin cometer ningún delito y 800 euros de multa por los delitos de falsedad documental y de estafa en grado de tentativa.
Aparte, el hombre ha tenido que pagar la multa por no querer identificar al conductor que hizo la infracción, por un valor de 300 euros.
El juzgado de Sabadell abrió la instrucción del caso cuando los Mossos d’Esquadra del Área Regional de Tráfico de la Región Policial Metropolitana Norte destinados al Grupo de Investigación y Documentación (GRD) denunciaron penalmente un hombre de 60 años, vecino de Polinyà y de nacionalidad española, por un delito de falsedad documental y otro de estafa en grado de tentativa.
Estos hechos se remontan a finales del año 2013 cuando el hombre, a raíz de una denuncia de tráfico por infracción de velocidad, informó el Servicio Catalán de Tráfico que el conductor del vehículo, en el momento de la infracción, era una otra persona y facilitó sus datos.
En marzo de 2014 los agentes del grupo de Investigación y Documentación (GRD), recibieron una denuncia de la Policía Nacional de Puente-Vallecas (Madrid), en la que un hombre denunciaba que alguien había utilizado sus datos personales en una denuncia de tráfico. Exponía que él nunca había conducido aquel vehículo, que no estaba en el lugar de los hechos en la fecha mencionada y que no tenía nada que ver ni con el vehículo ni con su propietario.
A partir de esta información los Mossos localizaron la denuncia de exceso de velocidad y el recurso que hizo el presunto infractor del vehículo donde informaba que no era él quien conducía y facilitaba los datos de una tercera persona. La infracción se produjo en el punto kilométrico 294,4 de la AP7 en L’Ametlla de Mar y el vehículo circulaba a una velocidad de 135 km / h en una vía donde el máximo permitido era de 120 km / h.
Finalmente, el 19 de marzo de 2014, las investigaciones realizadas por los agentes aclararon que era el primer infractor quien verdaderamente conducía el coche cuando excedió la velocidad permitida en la vía y que, con el fin de ahorrarse la multa, hizo un recurso informando que el conductor era otra persona.