Una anciana de Granollers, A. V. O. puede ser desalojada de la casa que ocupa en régimen de alquiler desde hace 53 años por no haber pagado 106’07 euros correspondientes a la tasa de basuras del año 2011. La Sala Civil del Supremo ha confirmado una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que declaró rescindido el contrato de arrendamiento de una vivienda de Granollers ocupada desde 1963 por esta mujer a la que ahora se ordena desalojar la casa y dejarla libre a disposición de la propietaria. La anciana ha venido abonando la renta todos los meses y, además, la tasa de recogida de residuos desde 2008.
La sentencia del Supremo desestima el recurso de una anciana, A.V.O., contra una resolución dictada en mayo de 2013 por la Sección 13 de la Audiencia de Barcelona. Ésta resolvió el contrato de arrendamiento de la vivienda que la mujer ocupa en Granollers y le ordenó «desalojarla y dejarla libre, vacua y expedita a disposición de la propietaria, bajo apercibimiento de lanzamiento».
La Audiencia condenó también a A.V.O. a pagar a la arrendadora los 106,07 euros correspondientes a la tasa de basuras de 2011, más los intereses legales. Y ahora, tras perder el recurso de casación interpuesto en el Supremo, la anciana deberá pagar las costas del proceso.
El próximo 26 de enero se cumplirán 53 años de la firma del contrato de alquiler entre el marido de A.V.O., ya fallecido, y el padre de la actual propietaria de la vivienda. Esta última promovió en 2011 un juicio verbal en el que instó el desahucio de la viuda por impago de la tasa de basuras correspondiente a ese año.
La mujer se opuso a la demanda alegando que el importe de esa tasa no le debía ser repercutido (pese a que lo venía pagando desde 2008) al no estar pactado en el contrato. Adujo también que en el recibo figuraba una dirección inexacta, que no correspondía a su vivienda sino a otra del mismo inmueble.
El Juzgado de Primera Instancia rechazó la demanda de desahucio. Consideró que en el contrato que vinculaba a las partes el único pago pactado era el alquiler de la vivienda, sin que la inquilina debiera asumir el abono de la tasa de basuras. No acogió que el recibo hubiera sido enviado a una dirección errónea.
La Audiencia de Barcelona estimó, sin embargo, el recurso de apelación de la propietaria de la vivienda y declaró rescindido el contrato de arrendamiento. Esta decisión ha sido confirmada ahora por el Supremo.